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Declaración de murcia sobre biomedicina y nuevas tecnologías

16:44 15 agosto in Códigos y Declaraciones

Asociación Española de Bioética y Ética Médica (AEBEM)

Recogemos en esta sección la Declaración efectuada con motivo del III Congreso de la Asociación, celebrado en Murcia los días 23 y 24 del pasado noviembre. También añadimos el índice y el prólogo del libro editado en esa ocasión,  con las ponencias y comunicaciones presentadas al Congreso. Si se desea más información o pedidos del libro, se puede solicitar a Luis Miguel Pastor, Presidente del III Congreso, en el mail: bioetica@um.es

 Hacia la universalización de los derechos humanos en biomedicina.Reunidos en Murcia, los días 23 y 24 de noviembre de 2001, con ocasión del III Congreso de la Asociación Española de Bioética y Ética Médica (AEBI).Conscientes de las extraordinarias posibilidades que los avances en el conocimiento científico y biotecnológico pueden ofrecer a la mejora de las condiciones de vida de los seres humanos presentes y futuros.Conscientes del peligro de que estos conocimientos se consigan utilizando algunos seres humanos como sólo medios; que esos conocimientos y tecnologías se empleen contra y no en servicio de los seres humanos; o que determinados usos de las biotecnologías generen efectos perjudiciales para los seres humanos, presentes o futuros, o para el medio ambiente.Conscientes del injusto reparto de los beneficios de los conocimientos biotecnológicos en el mundo actual y de la urgencia de remediar esas desigualdades.Conscientes del interés y la preocupación que la opinión pública española manifiesta por las cuestiones relativas a la aplicación al ser humano de las nuevas biotecnologías.Reafirmando que la dignidad del ser humano, y los derechos que le son inherentes, son el fundamento del orden social y el criterio ordenador de todas las actividades humanas.Reafirmando que la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y Biomedicina y la Constitución Española se fundan precisamente en el reconocimiento de la dignidad humana.Reafirmando la necesidad de universalizar el reconocimiento de la dignidad a todos los seres humanos, presentes y futuros desde su concepción hasta su muerte natural.La Asociación Española de Bioética y Ética Médica (AEBI) y los firmantes de esta Declaración proponen las siguientes recomendaciones:1 – Es necesario fomentar un debate público, transparente y plural, sobre las implicaciones éticas y sociales de las biotecnologías; y también promover la formación en Bioética en las enseñanzas Media y Superior y en las profesiones biosanitarias. Además, es conveniente la creación de un Comité Consultivo Nacional de Bioética, semejante al de otros países de nuestro entorno, que facilite el dialogo  interdisciplinar sobre estas cuestiones.2 – Los avances en el conocimiento e intervención sobre el genoma humano deberán ajustarse a los principios y normas contenidas en la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos. La intervención sobre el Genoma Humano solo deberá tener una finalidad terapéutica, nunca eugenésica, y regirse en todo momento por el principio de precaución. Habrá que disponer de los medios legales oportunos para preservar la intimidad en el conocimiento del propio genoma y evitar cualquier forma de discriminación por razón de la dotación genética.3 – El régimen de patentes sobre la materia viva deberá compaginar el estimulo económico de la labor científica con el respeto incondicional de la dignidad de la persona y la garantía de universalidad en el aprovechamiento de los conocimientos genómicos. Se deberá prestar especial atención a los países del Tercer Mundo, cuya biodiversidad es explotada sin que reciban lo que en justicia les corresponde.4 – Los organismos genéticamente modificados pueden mejorar la vida de los seres humanos, siempre que se obtengan de acuerdo con los principios de precaución y de respeto a la biodiversidad de los ecosistemas, y se informe adecuadamente a los consumidores del modo en que han sido obtenidos.5 – Los avances en genómica  no deben ignorar que el individuo humano no es solo resultado de sus genes sino que también cuenta el medio ambiente. Los esfuerzos de la medicina han de dirigirse, al mismo tiempo, a proporcionar unas condiciones ambientales saludables para todos los seres humanos.6 – La clonación del hombre  es una ofensa intolerable contra su dignidad,  tanto si se hace con fines reproductivos de investigación o terapéuticos. Apoyamos que la Organización de Naciones Unidas promueva una prohibición universal de esta práctica, tal como han sugerido Francia y Alemania.7 –  La investigación en células madres de adultos ofrece grandes posibilidades de progreso en la medicina regenerativa. Deberán fomentarse los proyectos de investigación sobre estas células. El recurso a células madre embrionarias es éticamente inaceptable porque implica la destrucción de embriones humanos.8 – El ser humano debe ser tratado como fin y nunca sólo como medio y nunca desde su inicio en la fecundación. Por lo tanto,  deben  prohibirse:         La producción de embriones humanos con fines de investigación.         La investigación con embriones humanos procedentes de fecundaciones in vitro.         La producción en cada ciclo de más embriones de los que se vayan a implantar a la mujer que se somete a las técnicas de fecundación in vitro.9 – Los embriones humanos que hayan superado el plazo de congelación fijado por la ley deben,  en lo posible, ser transferidos  y  regulados por  una legislación que prevenga cualquier abuso; o ser descongelados cuando exista una razonable certeza de que son inviables. Además, de acuerdo con las recomendaciones anteriores, debe rechazarse la utilización de estos embriones congelados para investigación, pues supondría la aceptación indirecta de que se pueden producir embriones con sólo fines científicos.10 – Es necesario realizar una reforma de la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida, que tenga presente el respeto a la vida del ser humano desde su inicio y el derecho de cualquier ser humano a nacer con un padre y una madre. Esa reforma debe impedir la producción de embriones sobrantes, y el nacimiento de hijos sin padres, como lo garantizan algunas de las más modernas legislaciones europeas en esta materia.11 – El fomento de una conciencia social favorable a los trasplantes de órganos debería venir acompañado del correspondiente apoyo financiero a las investigaciones en xenotrasplantes, a la vista de las crecientes necesidades de órganos para trasplantes y de su escasez, teniendo siempre como referente ético el principio de precaución